BOLETÍN 11020.
Resumen
Introducción
Generalidades
Debido
a ciertas necesidades de información, un cliente puede requerir a un Contador
Público que lleve a cabo un trabajo de compilación de información financiera.
Generalmente,
incluye la preparación de estados financieros, pero también puede incluir el
reunir, clasificar y resumir otra información financiera.
Vigencia
El
presente boletín entrará en vigor y deberá ser aplicado en forma obligatoria en
trabajos de compilación de información financiera que se realicen a partir del
1º de abril de 2011.
Alcance
Este
boletín se refiere al trabajo e informe que el Contador Público emitirá sobre
el trabajo de compilación de información financiera, acordado con el cliente.
Objetivo
El
propósito de este boletín es establecer normas y proporcionar lineamientos
sobre las responsabilidades profesionales del Contador Público, cuando realiza
un trabajo para compilar información financiera y sobre la forma y contenido
del informe que emita en relación con dicha compilación.
Pronunciamientos normativos
El
objetivo de un trabajo de compilación de información financiera es que el
Contador Público utilice su conocimiento y experiencia en materia financiera y
contable para reunir, clasificar y presentar información financiera.
El
Contador Público deberá cumplir con el Código de Ética Profesional emitido por
el Instituto Mexicano de Contadores Públicos de México. Los Principios
Fundamentales para este tipo de trabajo son:
- Integridad;
- Objetividad;
- Diligencia y competencia profesional;
- Confidencialidad; y
- Comportamiento profesional.
La
independencia no es un requisito para un trabajo de compilación. Sin embargo, donde
el Contador Público no sea independiente se deberá hacer una declaración a ese
efecto en el informe del Contador Público.
El
Contador Público deberá asegurarse de que hay una clara comprensión entre él y
su cliente respecto de los términos del trabajo.
El
Contador Público debe emitir una carta compromiso dirigida al cliente,
documentando los términos de referencia del trabajo a desarrollar. Esta carta
compromiso confirma la aceptación por el Contador Público de su nombramiento y
ayuda a evitar malos entendidos sobre los objetivos, alcance del trabajo, grado
de las responsabilidades del Contador Público y el tipo de informe que debe
emitirse, entre otros asuntos.
Informes sobre un trabajo de compilación
financiera
Los
informes sobre trabajos de compilación deben contener lo siguiente:
- un título;
- El destinatario;
- una declaración de que el trabajo fue realizado de acuerdo con las normas establecidas en el boletín aplicable a trabajos de compilación;
- una declaración de que el Contador Público es independiente de la entidad;
- Identificación de la información financiera haciendo notar que se basa en información proporcionada por la administración;
- Una declaración de que la administración es responsable por la información financiera compilada por el Contador Público;
- una declaración de que no se ha llevado a cabo una auditoría ni una revisión y que, consecuentemente, no se expresa opinión alguna sobre la información financiera;
- un párrafo, cuando se considere necesario, llamando la atención a la revelación de desviaciones de importancia respecto del marco referencia identificada para informes financieros;
- la fecha del informe;
- la dirección del Contador Público; y
- La firma del Contador Público.
La
información financiera compilada por el Contador Público deberá contener una
referencia tal como “No Auditado”, “Compilado sin Auditoría ni revisión” o
“referirse al Informe de Compilación” en cada página de la información
financiera o en la portada del conjunto total de estados financieros
Compañero Chalino, este contenido es muy útil ya que contiene información necesario para conocer lo que especifica cada uno de estos boletines, para ver que debe de hacer el auditor de acuerdo con lo que está establecido en estas.
ResponderBorrarCompañero Chalino, este contenido es muy útil ya que contiene información necesario para conocer lo que especifica cada uno de estos boletines, para ver que debe de hacer el auditor de acuerdo con lo que está establecido en estas.
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